MEDIDAS TRIBUTARIAS URGENTES

medidas urgentes tributarias

Decreto Foral-Norma 1/2022, de 5 de abril, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes para paliar el impacto económico derivado de la actual crisis energética, del alza de los precios y de la invasión de Ucrania

El Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Gipuzkoa ha aprobado hoy el Decreto Foral-Norma que recoge las medidas tributarias anunciadas la semana pasada. Ante el actual contexto económico, y al igual que se hizo ante la crisis generada por la pandemia de la COVID-19, las diputaciones forales han adoptado medidas extraordinarias para paliar el impacto negativo que está teniendo esta situación en los sectores más vulnerables del tejido económico, como pequeñas empresas, microempresas y personas trabajadoras autónomas.


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

  • Aumento del forfait de gasto: Los autónomos que estén incluidos en régimen simplificado, a la hora de calcular el rendimiento de su actividad, podrán aplicar un tipo de del 15% (frente al 10% anterior) con lo que se verán beneficiados. En caso de los autónomos del sector de la agricultura y ganadería con volumen de operaciones superior a 30.000 euros, del 35% al 70%; y con un volumen de operaciones inferior a 30.000 euros, pasa del 75% al 90%. Finamente, para los transportistas dicho forfait aumenta del 45% al 70%.
  • Pagos fraccionados: Se establece la exención de la obligatoriedad de hacer los pagos fraccionados de IRPF para autónomos durante los dos primeros trimestres de 2022. Si el contribuyente opta voluntariamente por presentar los pagos fraccionados de dichos periodos no podrá solicitar fraccionamiento ni devolución de los mismos.

FRACCIONAMIENTOS

  • Fraccionamientos pago impuestos: Se establece el aplazamiento sin intereses en el pago de impuestos para personas trabajadoras autónomas, microempresas y pequeñas empresas, sin garantías y sin intereses. Es aplicable a las autoliquidaciones a partir del 1 de abril y el pago se llevará a cabo tras tres meses de carencia para la devolución, en seis mensualidades.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Aumento del forfait de gasto: El tipo del forfait que se pueden aplicar las Microempresas pasa del 10% al 15%, aplicable desde el mismo ejercicio 2021.
  • Libertad de amortización extraordinaria: Se permitirá la libre amortización de inmovilizados materiales (maquinaria, mobiliario, instalaciones) adquiridos o puestos en marcha en el ejercicio 2022. Hasta ahora, las empresas sólo podían amortizar inmovilizado material en un porcentaje anual (dependiendo del tipo de empresa) y ahora, podrán aplicar todo el gasto deducible el primer año.
  • Financiación de proyectos de I+D+i: Se han flexibilizado los plazos para la formalización de contratos por los que una empresa puede contribuir a financiar un proyecto de I+D+i de una segunda compañía y, como contrapartida, recibir un incentivo fiscal.
  • Reserva especial para nivelar beneficios. Se ha incrementado el porcentaje sobre el resultado o base imponible del ejercicio al 50% con carácter general (ahora está en el 10%) y al 75% para micros y pequeñas empresas (ahora está en el 15%). Esta medida será aplicable a la campaña del Impuesto de Sociedades de 2021.